El salario está protegido

La Ley Federal del Trabajo protege el salario y, en su artículo 110, enumera de forma limitada los descuentos que se pueden hacer. Si una deducción no está en esa lista o no cumple sus condiciones, no debe aplicarse. Descontar por “multas”, “mermas”, “faltantes de caja” o castigos de la empresa sin sustento legal es una práctica indebida.

Los descuentos que sí pueden aplicarse

ConceptoRegla general
Deudas con el patrón (anticipos de salario, pagos en exceso, errores, pérdidas, averías)El total exigible no puede superar el salario de un mes y el descuento no puede ser mayor al 30% del excedente sobre el salario mínimo
Cuotas sindicalesLas que establezcan los estatutos y estén autorizadas
Pensión alimenticiaLa que ordene la autoridad competente
Crédito de vivienda (Infonavit)En general, hasta el 20% del salario
Préstamos FonacotEn general, hasta el 20% del salario
Cuotas de cajas de ahorro o de seguridad socialCuando la persona trabajadora lo haya aceptado y conforme a la ley

Los porcentajes exactos y las condiciones pueden variar según el tipo de crédito y las reformas vigentes, por lo que conviene confirmarlos para tu caso. A esta lista se suman las retenciones de ISR y las cuotas del IMSS, que se explican en las guías de ISR mensual y salario diario integrado.

Ejemplo: descuento por una deuda con el patrón

Una persona gana $500 diarios y recibió un anticipo que debe devolver. El salario mínimo general de 2026 es de $315.04.

Salario diario$500.00
Excedente sobre el salario mínimo: 500 − 315.04$184.96
Descuento máximo diario: 30% del excedente$55.49
Descuento máximo mensual aproximado (30 días)$1,664.64

Además, la deuda total que se puede exigir por esos conceptos no puede ser mayor al salario de un mes. Para entender de dónde sale el salario mínimo vigente, consulta la guía de salario mínimo y UMA 2026.

Descuentos por Infonavit y Fonacot

Si tienes un crédito de vivienda del Infonavit o un préstamo de Fonacot, la retención se hace directamente de tu nómina y el patrón debe entregarla al instituto. Con un salario diario de $500, el 20% equivale a $100 por día. Revisa que el monto retenido coincida con tu estado de cuenta del crédito; si te descuentan y el pago no se refleja, puedes aclararlo con el acreedor y con la empresa.

Si cambias de empleo o terminas la relación, el crédito sigue vigente: el descuento deja de hacerse por nómina y deberás pagar por tu cuenta, según las reglas del acreedor.

Descuentos que conviene cuestionar

  • Multas por llegar tarde, castigos o sanciones económicas impuestas por la empresa.
  • Descuentos por herramienta, uniforme o equipo que se te asigna para trabajar, salvo supuestos legales específicos.
  • Descuentos por faltantes de caja o inventarios sin proceso que demuestre responsabilidad.
  • Retenciones sin recibo que las identifique.
  • Descuentos que reducen tu salario por debajo del mínimo.

Qué hacer si te descuentan de más

  1. Pide por escrito el concepto y el fundamento del descuento.
  2. Compara con tus recibos de nómina y con lo que estás obligado a pagar por contrato.
  3. Guarda tus recibos y cualquier mensaje donde se justifique la deducción.
  4. Si no se corrige, pide orientación a PROFEDET y revisa la guía de qué hacer si no te pagan lo que te corresponde, que explica el camino de la conciliación y los plazos.

Esta guía es informativa y no sustituye asesoría legal individual.

Fuentes oficiales

Contenido redactado por Karla Patricia Hernández y revisado por la Lic. Natali Rivera Juárez, con fines educativos; no constituye asesoría legal ni fiscal individual.